Paso 9
Aprobación y firma del Contrato Filmación Colombia
- Etapa de aplicación: Aprobación CINA
Una vez aprobado el proyecto, el productor debe celebrar el Contrato Filmación Colombia con la Entidad de Gestión.
Tenga en cuenta:
- El CPFC aprueba o desaprueba el proyecto según los criterios establecidos en la ley, los cuales son la promoción del territorio nacional para la filmación audiovisual; el desarrollo de la industria cinematográfica nacional; la promoción de la actividad turística y de la imagen del país.
- En caso de aprobación, se define el presupuesto de gasto en servicios audiovisuales y logísticos en Colombia, así como el monto máximo del CINA para el respectivo proyecto.
- Una vez aprobado el proyecto, el productor deberá firmar el Contrato Filmación Colombia.
Recuerda
Los criterios de ley para la aprobación de proyectos son:
- Promoción del territorio nacional para filmación audiovisual.
- Desarrollo de la industria cinematográfica nacional.
- Promoción de la actividad turística y de la imagen del país.
Además:
- El contrato debe firmarse en un plazo máximo de 20 días hábiles contados desde la notificación de la aprobación del CPFC que envía la Entidad de Gestión.
- El productor puede desistir en cualquier momento de realizar o culminar el proyecto en cuyo caso, pierde la cobertura de seriedad.
- La cuenta fiduciaria sólo podrá constituirse después de la firma del contrato, en un término no superior a tres meses a partir de la celebración del contrato.
Restricciones
No podrán postularse a incentivos proyectos en los siguientes casos:
- Cuando exista participación económica o patrimonial, artística, técnica o autoral de un miembro del CPFC.
- Cuando el personal directivo de la empresa postulante, sociedad de servicios cinematográficos o coproductor nacional tenga vínculo de parentesco hasta segundo grado con un miembro del CPFC.
- Cuando se trate de proyectos ya aprobados, salvo en el caso de postulaciones a postproducción en el marco del FFC de proyectos previamente beneficiarios en producción, o el de desistimiento.
- Cuando estén relacionados con personas jurídicas vinculadas a alguna de las restricciones anteriores.
- Cuando productores, coproductores, socios o inversionistas hayan incumplido las obligaciones establecidas en el Manual.
- Cuando el proyecto ya esté en postulación o haya sido aprobado en otro estímulo, como FDC, FFC o CINA.
- Cuando el proyecto haya sido reconocido como proyecto nacional bajo la Ley 814 de 2003.
- Cuando el productor haya incumplido el Contrato Filmación Colombia.
- Cuando el CPFC determine que el proyecto no cumple con los criterios legales aplicables.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los motivos para desaprobar un proyecto?
- Falta de veracidad en los documentos presentados
- Incumplimiento de los requisitos de postulación.
- Existencia de alguna restricción aplicable
- No pertenencia del proyecto con los fines de la ley.
¿Qué ocurre si el proyecto es desaprobado?
El productor podrá solicitar el reintegro del 90 % del valor de la cobertura de seriedad, a menos que exista falsedad en los documentos.
¿Qué ocurre si el productor desiste de postularse luego de la aprobación?
Perderá el valor total de la cobertura de seriedad y no podrá acceder al CINA.
¿Qué ocurre si el contrato no se firma en el tiempo establecido?
Se entenderá que el productor ha desistido del proyecto y el cupo se liberará para otros proyectos.